La identidad de una persona abarca todos los aspectos que la integran como ser humano. No es solo el dato biológico de su existencia física, sino también la pertenencia a una familia y la asignación de un nombre propio, su inserción en una comunidad y todo aquello que conforma la propia historia. Solo así podrá proyectarse socialmente como un ser único e irrepetible.
En este caso, fueron de vital importancia la lucha de los organismos de Derechos Humanos, como Abuelas de Plaza de Mayo, cuyo trabajo se incorporó a la Convención sobre los Derechos del Niño en los artículos 7, 8 y 11 (conocidos como “artículos argentinos”), donde se fijan:
- El derecho del niño a ser inscripto inmediatamente después de su nacimiento, a tener un nombre, una nacionalidad y, en la medida de lo posible, conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos;
- El compromiso de los Estados para respetar el derecho del niño a preservar su identidad sin injerencias ilícitas, y a prestar asistencia y protección con miras a restablecer la identidad de aquellos niños que fueran privados ilegalmente de alguno de los elementos de su identidad;
- El compromiso de los Estados para adoptar medidas para luchar contra los traslados ilícitos y/o retención de niños al extranjero.
La Defensoría del Pueblo trabaja para garantizar este derecho a las personas que habitan la Provincia, coordinando acciones con las asociaciones civiles y organismos públicos.
Es facilitadora para iniciar investigaciones sobre identidad de personas apropiadas durante el período 1975-1983 a través de Abuelas de Plaza de Mayo y la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad (CONADI), así como acompaña y asesora a quienes buscan evacuar dudas sobre su identidad habiendo nacido antes o después de ese período histórico, en articulación con la Red de Trabajo Sobre Identidad Biológica (RETIB).