Conocé la lista de beneficiarios a los cuales nos se les puede interrumpir el suministro de luz, gas y agua por falta de pago.
En medio de la cuarentena dispuesta por el coronavirus, el gobierno provincial elaboró un listado de exceptuados a lo que no se les pueden cortar los servicios de luz, agua o gas por falta de pago.
¿A qué personas alcanza esta medida?
- Beneficiarios/as de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo.
- Beneficiarios/as de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
- Usuarios/as inscriptos en el Régimen de Monotributo Social.
- Jubilados/as y pensionados/as, y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles.
- Trabajadores monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
- Usuarios/as que perciben seguro de desempleo.
- Electrodependientes, beneficiarios de la Ley N°27.351.
- Usuarios/as incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (26.844).
- Exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza.
- Micro, pequeñas y Medianas empresas.
- Cooperativas de trabajo o empresas recuperadas inscriptas en el INAES.
- Instituciones de salud ya sean públicas o privadas.
- Entidades de Bien Público solo que sean destinadas a las elaboración o distribución de alimentos.
¿A partir de qué fecha se contempla esta situación?
Son boletas que se emitan desde el 1 de marzo de 2020
Recordá que a partir del 30 de septiembre las empresas prestatarias del servicio deberán otorgar a los/las usarios/as que hayan contraído deuda planes con facilidades de pago para regularizar las situación de los mismos.