Las empresas que comercialicen bienes y servicios a través de páginas o aplicaciones web deberán tener publicado el link “Botón de arrepentimiento”, mediante el cual el consumidor podrá solicitar la revocación del producto comprado o servicio contratado.
La Secretaría de Comercio Interior estableció que a partir de la solicitud de cancelación, el proveedor deberá informar al consumidor, por el mismo medio, el número de identificación del arrepentimiento o revocación en un plazo máximo de 24 horas.
El “Botón de arrepentimiento”, deberá ser un link de acceso fácil y directo desde la página de inicio del sitio de Internet institucional ocupar un lugar destacado, en cuanto a la visibilidad y tamaño, no dejando lugar a dudas respecto del trámite seleccionado.
Para hacer uso del “Botón de arrepentimiento” la empresa no podrá requerir al consumidor registración previa ni ningún otro trámite.
Se establece un plazo de sesenta (60) días corridos desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial para que los proveedores adecuen sus sitios de Internet.