La exención en el pago del Impuesto Automotor a contribuyentes con determinados grados de discapacidad, recomendó la Defensoría del Pueblo bonaerense a la dirección de Políticas Tributarias del ministerio de Economía de la Provincia
La exención en el pago del Impuesto Automotor a contribuyentes con determinados grados de discapacidad, recomendó la Defensoría del Pueblo bonaerense a la dirección de Políticas Tributarias del ministerio de Economía de la Provincia, la que finalmente decidió considerar la cuestión en la Ley Impositiva 2017 e introdujo la modificación sugerida.
En efecto, la gestión del área Política Tributaria que dirige el Defensor Adjunto en Derechos Humanos y Salud, Marcelo Honores, consiguió que en el presente marco legal tributario (consagrado en la Ley 14.880) que en su artículo 131 se contemple la modificación requerida, lo que permite tramitar el beneficio a las personas discapacitadas que encuadren en la norma.
Asimismo, el requerimiento de la Defensoría – que en paralelo fue dirigido a la Agencia de Recaudación de la Provincia (ARBA)– también apuntó a que el beneficio se amplíe a otras personas discapacitadas que tuvieran dificultades en el desplazamiento en el transporte público de pasajeros o a quienes habitan en localidades que no cuentan con ese servicio accesible o si éste fuera insuficiente.
Oportunamente, la dirección provincial de Políticas Tributarias tomó conocimiento del tema y contestó que la recomendación de la Defensoría sería considerada a la hora de elaborar la Ley Impositiva para el ejercicio fiscal 2017, cosa que finalmente se concretó.
En efecto, la gestión del área Política Tributaria que dirige el Defensor Adjunto en Derechos Humanos y Salud, Marcelo Honores, consiguió que en el presente marco legal tributario (consagrado en la Ley 14.880) que en su artículo 131 se contemple la modificación requerida, lo que permite tramitar el beneficio a las personas discapacitadas que encuadren en la norma.
Asimismo, el requerimiento de la Defensoría – que en paralelo fue dirigido a la Agencia de Recaudación de la Provincia (ARBA)– también apuntó a que el beneficio se amplíe a otras personas discapacitadas que tuvieran dificultades en el desplazamiento en el transporte público de pasajeros o a quienes habitan en localidades que no cuentan con ese servicio accesible o si éste fuera insuficiente.
Oportunamente, la dirección provincial de Políticas Tributarias tomó conocimiento del tema y contestó que la recomendación de la Defensoría sería considerada a la hora de elaborar la Ley Impositiva para el ejercicio fiscal 2017, cosa que finalmente se concretó.