La ley exige que ocupen el 4% de los cargos en los tres poderes del Estado provincial y los municipios. Llamar a concurso para cubrir el cupo laboral mínimo del cuatro por ciento en todos los organismos provinciales y municipales para garantizar el derecho al trabajo de las personas con discapacidad, propuso la Defensoría de Pueblo de la
La ley exige que ocupen el 4% de los cargos en los tres poderes del Estado provincial y los municipios. Llamar a concurso para cubrir el cupo laboral mínimo del cuatro por ciento en todos los organismos provinciales y municipales para garantizar el derecho al trabajo de las personas con discapacidad, propuso la Defensoría de Pueblo de la provincia de Buenos Aires.
La recomendación de la Defensoría insta a todos los organismos de la administración pública a convocar a concurso público para ocupar puestos de trabajo específicos de manera de cumplir lo que dice la ley.
"La Constitución nos manda defender los derechos individuales y colectivos de todos los habitantes de la Provincia y el derecho de las personas con discapacidad constituye o tiene para nosotros una prioridad que queremos señalar y marcar en forma permanente. Por eso, nuestra recomendación es para que mejoren los procedimientos de selección y puedan participar en igualdad de condiciones", dijo el secretario general a cargo de la Defensoría, Marcelo Honores.
En tanto, el director ejecutivo del Área Discapacidad, Sergio Nahabetian, sostuvo que desde la Defensoría "hacemos hincapié en el llamado a concurso" para cubrir los cupos en todas las esferas del Estado.
Luego de un pedido de informe de la Defensoría, el Instituto de Previsión Social (IPS) comunicó que ningún órgano del gobierno provincial ni municipal, hasta el 2015, cumplía con el cupo establecido por ley.
Las leyes 10592 y 13865 indican que los tres poderes del Estado tienen la obligación de ocupar personas con discapacidad que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo, en una proporción no inferior al cuatro por ciento de la totalidad del personal. También obliga a las empresas privadas concesionarias de servicios públicos. No cumplir con el porcentaje estipulado es considerado una “falta grave”.
"El requisito indispensable que establece la Constitución para ser empleado público es la idoneidad del cargo, sin hacer referencia a otros aspectos de la persona. La discapacidad bajo ningún concepto significa incapacidad laboral", subraya Nahabetian.
En el 2008, la Argentina adhirió a la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad que especifica que "los estados parte reconocen el derecho de las personas con discapacidad a trabajar, en igualdad de condiciones con los demás".
Los reclamos sobre el acceso al trabajo se acumulan en la Defensoría. Al respecto, desde el Área aclaran que "no se puede poner como excusa lo económico frente a los derechos de las personas con discapacidad".
Actualmente, el Servicio de Colocación Laboral Selectiva (SECLAS) elabora un perfil de los inscriptos a través de evaluaciones y envía las listas a las diferentes dependencias gubernamentales de toda la Provincia.
"Los tiempos del SECLAS son muy largos. Es más práctico que cada organismo publique los puestos que necesita y llame a concurso", considera Nahabetian.
Las solicitudes de empleo crecen todos los años. "La constitución provincial establece que el trabajo es un derecho y un deber social, y es el Estado, en última instancia, el responsable de custodiar el cumplimiento de las normativas vigentes", concluye.
La recomendación de la Defensoría insta a todos los organismos de la administración pública a convocar a concurso público para ocupar puestos de trabajo específicos de manera de cumplir lo que dice la ley.
"La Constitución nos manda defender los derechos individuales y colectivos de todos los habitantes de la Provincia y el derecho de las personas con discapacidad constituye o tiene para nosotros una prioridad que queremos señalar y marcar en forma permanente. Por eso, nuestra recomendación es para que mejoren los procedimientos de selección y puedan participar en igualdad de condiciones", dijo el secretario general a cargo de la Defensoría, Marcelo Honores.
En tanto, el director ejecutivo del Área Discapacidad, Sergio Nahabetian, sostuvo que desde la Defensoría "hacemos hincapié en el llamado a concurso" para cubrir los cupos en todas las esferas del Estado.
Luego de un pedido de informe de la Defensoría, el Instituto de Previsión Social (IPS) comunicó que ningún órgano del gobierno provincial ni municipal, hasta el 2015, cumplía con el cupo establecido por ley.
Las leyes 10592 y 13865 indican que los tres poderes del Estado tienen la obligación de ocupar personas con discapacidad que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo, en una proporción no inferior al cuatro por ciento de la totalidad del personal. También obliga a las empresas privadas concesionarias de servicios públicos. No cumplir con el porcentaje estipulado es considerado una “falta grave”.
"El requisito indispensable que establece la Constitución para ser empleado público es la idoneidad del cargo, sin hacer referencia a otros aspectos de la persona. La discapacidad bajo ningún concepto significa incapacidad laboral", subraya Nahabetian.
En el 2008, la Argentina adhirió a la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad que especifica que "los estados parte reconocen el derecho de las personas con discapacidad a trabajar, en igualdad de condiciones con los demás".
Los reclamos sobre el acceso al trabajo se acumulan en la Defensoría. Al respecto, desde el Área aclaran que "no se puede poner como excusa lo económico frente a los derechos de las personas con discapacidad".
Actualmente, el Servicio de Colocación Laboral Selectiva (SECLAS) elabora un perfil de los inscriptos a través de evaluaciones y envía las listas a las diferentes dependencias gubernamentales de toda la Provincia.
"Los tiempos del SECLAS son muy largos. Es más práctico que cada organismo publique los puestos que necesita y llame a concurso", considera Nahabetian.
Las solicitudes de empleo crecen todos los años. "La constitución provincial establece que el trabajo es un derecho y un deber social, y es el Estado, en última instancia, el responsable de custodiar el cumplimiento de las normativas vigentes", concluye.