La población extranjera de la provincia que no posea documento argentino podrá inscribirse en Buenos Aires Vacunate y acceder a un turno de vacunación según las condiciones establecidas para los y las bonaerenses.
A partir de este lunes 10 de mayo la población extranjera que habita en la provincia de Buenos Aires y no haya obtenido el Documento Nacional de Identidad argentino u otra documentación que acredite su estatus de residencia en el país, podrá inscribirse en el plan provincial público, gratuito y optativo contra el COVID-19 Buenos Aires Vacunate. Así, este grupo de población, que incluye tanto a personas migrantes como a refugiadas, accede al derecho de recibir la vacuna en las mismas condiciones y siguiendo los mismos criterios de prioridad establecidos para los y las bonaerenses.
La Subsecretaría de Relaciones Internacionales e Institucionales, junto a la Subsecretaría de Gobierno Digital de la Jefatura de Gabinete de Ministros y el Ministerio de Salud bonaerense, gestionó la incorporación de este grupo de población al plan de vacunación más grande de la historia de la provincia de Buenos Aires, que superó recientemente los tres millones de personas vacunadas.
De este modo, más habitantes de la provincia pasan a estar en condiciones de recibir la vacuna, al posibilitar el tratamiento equitativo en el acceso al derecho al cuidado de la salud. Asimismo, la medida avanza en el sentido de favorecer la reducción de la circulación del virus, al incorporar a más personas al esquema de vacunación.
Las personas extranjeras que quieran inscribirse en Buenos Aires Vacunate para obtener un turno deberán ingresar a través de la web https://vacunatepba.gba.gob.ar/ y elegir la opción “Me quiero registrar”. Una vez allí, se deberá seleccionar la opción “Necesito ayuda en la registración”, lo que habilita el formulario de carga de datos personales, que incluye la opción “Adjunte identidad”, que permite cargar un archivo que acredite la identidad de la persona. Dicho archivo podrá ser la copia de un documento expedido por el país de origen de la persona que se inscribe, o bien la constancia de residencia precaria, temporaria o permanente o la solicitud de reconocimiento de estatus como persona refugiada.
De esta forma, la Provincia promueve la vacunación de toda la comunidad bonaerense y busca garantizar el derecho humano al cuidado de la salud para todas las personas que habitan el territorio provincial.
Fuente: Ministerio de Salud PBA