Reincorporar a una trabajadora travesti al puesto que ocupaba en un municipio bonaerense, ordenó la Justicia provincial en cumplimiento de la ley de cupo trans, en un fallo que acompañó y promovió la Defensoría del Pueblo de la Provincia. La resolución de la jueza María Ventura Martínez, titular del fuero contencioso administrativo 4, responde
Reincorporar a una trabajadora travesti al puesto que ocupaba en un municipio bonaerense, ordenó la Justicia provincial en cumplimiento de la ley de cupo trans, en un fallo que acompañó y promovió la Defensoría del Pueblo de la Provincia.
La resolución de la jueza María Ventura Martínez, titular del fuero contencioso administrativo 4, responde a la acción entablada por la trabajadora, representante de ATTTA (Asociación de Travestis, Transexuales y Transgéneros de Argentina) y tuvo en cuenta el informe realizado por el Observatorio de Violencia de Género (OVG) de la Defensoría y el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI).
En efecto, el Juzgado ordenó a la Municipalidad de La Plata a reincorporar en su plantilla de personal a la trabajadora Bella Valentina Pereyra.
El fallo estipula que en cumplimiento de la ley provincial que establece un cupo mínimo de al menos el 1% de los puestos de trabajo para personas travestis, trasnsexuales y transgénero, Valentina debe ser reincorporada como personal temporario mensualizado, lugar que ocupaba desde septiembre de 2013 y que había perdido en diciembre del año pasado.
El OVG destacó que la comunidad LGBTTI (lesbianas, gays, bisexuales, travestis, transexuales, transgénero e intersexuales) ha luchado incansablemente por el reconocimiento del Estado de sus derechos a fin de acceder a una mejor calidad de vida, sin discriminación ni violencia.
En esa línea, el OVG consideró que para que los derechos no sean solo un enunciado, requieren de la acción concreta del Estado que garantice condiciones de igualdad, reconociendo las desigualdades subyacentes y las vulnerabilidades de los sectores más desprotegidos.
La resolución de la jueza María Ventura Martínez, titular del fuero contencioso administrativo 4, responde a la acción entablada por la trabajadora, representante de ATTTA (Asociación de Travestis, Transexuales y Transgéneros de Argentina) y tuvo en cuenta el informe realizado por el Observatorio de Violencia de Género (OVG) de la Defensoría y el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI).
En efecto, el Juzgado ordenó a la Municipalidad de La Plata a reincorporar en su plantilla de personal a la trabajadora Bella Valentina Pereyra.
El fallo estipula que en cumplimiento de la ley provincial que establece un cupo mínimo de al menos el 1% de los puestos de trabajo para personas travestis, trasnsexuales y transgénero, Valentina debe ser reincorporada como personal temporario mensualizado, lugar que ocupaba desde septiembre de 2013 y que había perdido en diciembre del año pasado.
El OVG destacó que la comunidad LGBTTI (lesbianas, gays, bisexuales, travestis, transexuales, transgénero e intersexuales) ha luchado incansablemente por el reconocimiento del Estado de sus derechos a fin de acceder a una mejor calidad de vida, sin discriminación ni violencia.
En esa línea, el OVG consideró que para que los derechos no sean solo un enunciado, requieren de la acción concreta del Estado que garantice condiciones de igualdad, reconociendo las desigualdades subyacentes y las vulnerabilidades de los sectores más desprotegidos.