A partir del Decreto de Necesidad y Urgencia(DNU) 319/2020 en el marco de la pandemia COVID-19, queda establecido el congelamiento de las cuotas de los créditos hipotecarios UVA de inmuebles destinados a vivienda única hasta el 30 de septiembre de 2020.
Esto significa que las cuotas no podrán superar el monto de la cuota del mes de marzo del corriente año.
La medida de congelamiento hasta el 30 de septiembre se aplica a las cuotas mensuales de los créditos prendarios UVA y UVI.
Dentro del mismo decreto, se indica que se suspenden por seis meses también las ejecuciones hipotecarias, judiciales o extrajudiciales, en las que la garantía es el propio inmueble hipotecado. Pasados los seis meses de congelamiento, la diferencia entre la cuota real y la cuota congelada, se podrá pagar en tres (3) cuotas consecutivas sin interés. De aplicarse intereses, éstos no podrán exceder la tasa de plazos fijos en pesos a 30 días, del Banco Nación.
En relación a estas medidas, el Defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires expresó: "Nos parece fundamental este Decreto, que lleva tranquilidad a las familias que cargan con las cuotas de los créditos UVA ya que implica una certeza y un alivio para el bolsilo".