1.1 Resoluciones sobre Peticiones Individuales (Dictámenes). Caso L.N.P., 20112.

El asunto versó sobre actos de discriminación basada en el género, la edad y la etnia, proferidos por agentes del Estado, cuya víctima resultó ser una niña indígena víctima de violación sexual.

El Comité de Derechos Humanos resolvió que "las constantes indagaciones por la asistencia social, por el personal médico y por el tribunal sobre la vida sexual y la moral de la autora constituyeron… un ataque ilegal a su honra y reputación, especialmente por ser irrelevantes para la investigación del caso de violación y por tratarse de una menor de edad" (párr. 13.7).

  1. El Comité de Derechos Humanos aplica el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en especial el artículo 17, cuyo texto expresa: "1. Nadie será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra y reputación. 2. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra esas injerencias o esos ataques".
  2. CCPR/C/102/D/1610/2007, 18 de julio de 2011. La petición fue presentada por L.N.P., una niña de 15 años de edad perteneciente a la etnia Qom, quien luego de negarse a ser la novia de un joven, éste junto a dos amigos la violó. Apenas fue liberada L.N.P. corrió hasta la comisaría, donde durante más de tres horas la policía la tuvo de pie, sin acceder -durante ese lapso de tiempo- a tomarle la denuncia. Luego fue trasladada por personal policial al Puesto Sanitario donde el médico de guardia se limitó a revisarla y la envió a su casa.