Informe sobre la Situación de los Pueblos Indígenas en Argentina, 20121.

El Relator Especial sobre la Situación de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales de los Pueblos Indígenas examinó el marco legal e institucional del Estado destacando la necesidad de reforzar la participación de las comunidades indígenas a través de mecanismos especiales de consulta en aquellas cuestiones que puedan afectar sus intereses o derechos.

Así indicó que la Argentina "debe elaborar un mecanismo o procedimiento de consulta, de acuerdo a los estándares internacionales, para aumentar la participación de los pueblos indígenas en las decisiones que les afectan, lo que podría ser desarrollado con el apoyo del sistema de las Naciones Unidas en Argentina" (párr. 85).

El Relator Especial dio tratamiento a la cuestión vinculada con la consulta a los pueblos indígenas frente a la instalación de industrias agropecuarias y extractivas en sus territorios. Al respecto dijo que "de conformidad con los estándares internacionales aplicables, se deben llevar a cabo consultas con las comunidades que puedan verse afectadas por proyectos de desarrollo y explotación de recursos naturales con el objetivo de obtener su consentimiento libre, previo e informado sobre los aspectos de estos proyectos que afecten sus derechos humanos. Esto podría ser facilitado a través de la reglamentación de un procedimiento de consulta con los pueblos indígenas" (párr. 91).

Subrayó el Relator Especial que Argentina "debe asegurar procesos adecuados de consulta con los pueblos indígenas cuando se proponga establecer un parque nacional o área protegida que pueda afectarles" (párr. 96).

  1. A/HRC/21/47/Add.2, 4 de julio de 2012. Informe presentado por el Relator Especial, Sr. James Anaya.