2.1. Informe de País (Observaciones Finales). Examen del Tercer Informe Periódico sobre Argentina, 20112.

El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales expresó, al evaluar el tercer informe periódico de la Argentina, su preocupación "por los casos en que los agentes y fuerzas de seguridad, tanto públicos como privados, han recurrido a represalias y a un uso desproporcionado de la fuerza contra personas que participaban en actividades de defensa de los derechos económicos, sociales y culturales, particularmente en el contexto de conflictos de tierras", instando al Estado a "proteger a los activistas sociales y a los defensores de los derechos humanos de toda forma de intimidación, amenaza y, especialmente, uso desproporcionado de la fuerza por agentes y fuerzas de seguridad, tanto públicos como privados" (párr. 13).

Al referirse al ejercicio de los derechos laborales y sindicales, el Comité mencionó como dificultades a superar "el despido de los trabajadores que protestan y los actos de violencia contra los dirigentes sindicales y los miembros de los sindicatos", indicando en las recomendaciones al Estado que "han de prohibirse las represalias tales como la pérdida del empleo por la participación en protestas y huelgas realizadas de conformidad con la ley, y que se ha de conceder reparación a las víctimas de malos tratos" (párr. 19).

  1. El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales aplica el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
  2. E/C.12/ARG/CO/3, 14 de diciembre de 2001.