El Relator Especial sobre la Situación de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales de los Pueblos Indígenas abordó la respuesta estatal de criminalización frente a los conflictos originados en los que los pueblos indígenas han resistido a los desalojos de sus territorios, o han recurrido a la protesta pacífica social para llamar la atención sobre sus situaciones, a través de la toma de carreteras públicas o reclamos respecto de las instalaciones de las empresas de extracción de recursos naturales.
Así, en el capítulo de las observaciones dedicado a la protesta social y criminalización, el Relator Especial sostuvo que "la falta de un mecanismo para reivindicar los derechos a las tierras tradicionales indígenas o para reparar a los pueblos indígenas por la pérdida de sus tierras podría haber contribuido a un ambiente de enfrentamiento en el que algunos miembros de pueblos indígenas se habrían sentido sin opciones adecuadas y, por ende, habrían optado por la protesta social que en algunos casos implicaría la comisión de actos contrarios al orden público" (párr. 102).
El Relator Especial, frente a la situación planteada, observó que "existe la necesidad de revisar la política penal aplicada en los últimos años respecto a las personas indígenas y sus actos de protesta, con la finalidad de que la política penal se oriente a la búsqueda de soluciones que permitan la compatibilidad entre los fines de orden público y el respeto a las normas internacionales de derechos humanos" (párr. 103).
Finalmente, el Relator Especial agregó que "el Estado debe adoptar medidas para prevenir, investigar y sancionar los actos de violencia, las amenazas e intimidaciones contra los miembros de pueblos indígenas, tanto por parte de funcionarios públicos como de particulares" (párr. 104).
- A/HRC/21/47/Add.2, 4 de julio de 2012. Informe presentado por el Relator Especial, Sr. James Anaya.