1.1 Informes sobre País.Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Argentina, 19802.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos concluyó que "las entidades de defensa de los derechos humanos han encontrado y encuentran injustificados obstáculos para el cumplimiento de la labor que han venido desarrollando" (A. Conclusiones, párr. 3.).

Por tanto la Comisión recomendó al Estado en lo que respecta a las entidades de defensa de derechos humanos, "dar garantías y facilidades necesarias para que puedan contribuir a la promoción y observancia de los derechos humanos en la República Argentina" (B. Recomendaciones, párr. 15), y otorgue "las garantías indispensables para la eficaz defensa que corresponde ejercer a los abogados que patrocinan a los procesados" (B. Recomendaciones, párr. 9 d).



1.2 Informes de Soluciones Amistosas.Caso Penitenciarías de Mendoza, 20113.

En el acuerdo de solución amistosa suscripto entre las partes, el Estado argentino se comprometió a "someter a la consideración de la Legislatura de Mendoza, en un plazo no mayor de 90 días, un proyecto mediante el cual se crea una Procuración a favor de las personas privadas de libertad, y a realizar las gestiones pertinentes para lograr su aprobación" (párr. 31. III. 1. a), como así también a"someter a la consideración de la Legislatura de la Provincia de Mendoza un proyecto de ley mediante el cual se cree la figura del Defensor del Pueblo de Mendoza, que tendrá a su cargo la defensa de los derechos humanos al conjunto de la población" (párr. 31. III. 1. b).



1.3 Medidas Cautelares.

Caso María Dolores Gómez y su familia, 20024.

El asunto versó sobre una serie de amenazas y hostigamientos sufridos por la actora y su familia, los cuales estaban relacionados con el desempeño de sus funciones, en especial las atinentes a la defensa de los derechos de las personas detenidas en los centros penitenciarios de la Provincia de Buenos Aires.

En oportunidad de expedirse por la renovación de las medidas cautelares, la Comisión solicitó al Estado que "informara sobre las medidas adoptadas con el fin de esclarecer los orígenes de las amenazas y juzgar a los responsables de modo de poner fin a la situación de riesgo padecida por la persona protegida y su familia y los testigos que informaron sobre las amenazas que pesan en su contra" (párr. 12).

  1. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos aplica la Convención Americana de Derechos Humanos.
  2. OEA/Ser.L/V/II.49, doc. 19, corr.1, 11 de abril de 1980.
  3. Informe N° 84/11, Caso 12.532, 21 de julio de 2011. La Comisión solicitó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos la disposición de medidas previsionales a fin de revertir la grave situación que afrontaban las personas detenidas en dichos centros penitenciarios.
  4. OEA, Medidas Cautelares 2002; 1. Medidas Cautelares otorgadas por la CIDH durante el año 2002; a. Argentina. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos renovó las medidas cautelares otorgadas el 27 de agosto de 2001 a María Dolores Gómez, quien en aquel momento se desempeñaba como Defensora Oficial en el Departamento Judicial de San Isidro, Provincia de Buenos Aires.