2.1 Informes sobre País (Observaciones Finales).

Examen del Sexto Informe Periódico sobre Argentina, 20102.

El Comité alertó sobre "el alto número de mujeres encarceladas, la persistencia de la violencia contra las reclusas, los casos repetidos de registros e inspecciones vaginales, los incidentes de mujeres matadas mientras se encontraban detenidas y, en general, las malas condiciones de detención". Igualmente observó "que siguen siendo limitadas las medidas cuyo objeto es impedir que se repitan esos actos, garantizar una mayor protección a las detenidas y enjuiciar a los responsables de actos de violencia sexual cometidos en cárceles contra mujeres" (párr. 27).

En tal sentido, recomendó al Estado que "resuelva la situación de las mujeres en las cárceles elaborando políticas, estrategias y programas integrales que tengan en cuenta la dimensión del género y, en particular, insta al Estado parte a que vele por que personal penitenciario sensible a las cuestiones de género supervise a las reclusas y por que en las instituciones penitenciarias para mujeres no se emplee a personalmasculino en puestos de primera línea" (párr. 28).

Además, instó a Argentina a que "adopte medidas adecuadas para garantizar el pleno respeto de la dignidad y los derechos humanos de todas las personas durante los registros corporales, ateniéndose estrictamente a las normas internacionales, y a que establezca un mecanismo externo de supervisión y reparación para las reclusas que sea independiente, amplio y accesible" (párr. 28).

  1. El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer aplica la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
  2. CEDAW/C/ARG/CO/6, 16 de agosto de 2010.