Informe sobre una Vivienda Adecuada como Elemento Integrante del Derecho a un Nivel de Vida Adecuado y sobre el Derecho a la No Discriminación en este
Contexto, 20111.

La Relatora Especial manifestó que "la población migrante conocería obstáculos específicos en materia de acceso a una vivienda adecuada, lo que está reflejado en el porcentaje importante de migrantes que viven en villas" (párr. 54).

Asimismo tomó nota con particular preocupación sobre "la existencia de prácticas discriminatorias contra esta población en la adjudicación de vivienda social. Por ejemplo, la Ley 1118/1999 de la ciudad de Ushuaia, en un contexto de explosión demográfica por migración, define puntajes para la atribución de programas de vivienda en función de los años de residencia en la ciudad y a la conducta cívica, esta última definida en función de la ocupación irregular de predios fiscales en la ciudad" (párr. 54).

De igual forma, la Relatora Especial advirtió que el requisito de poseer el DNI argentino para poder acceder al programa de Vivienda FONAVI, "además de no estar conforme con la Ley 25871, constituye un obstáculo mayor en el acceso a la vivienda para los migrantes, puesto que el tiempo necesario para que una persona obtenga su DNI puede ser muy largo" (párr. 55).

Por tanto, en materia de adjudicación de vivienda, encomendó "a las autoridades competentes a derogar todo criterio discriminatorio contra la población migrante en materia de adjudicación de vivienda social y a tomar toda otra medida necesaria para que el derecho a la vivienda adecuada sea garantizado a la población migrante, en pleno respeto de la Ley 25871" (párr. 74).

En relación al fenómeno de estigmatización creciente de personas migrantes que viven en asentamientos irregulares, la Relatora afirmó que el mismo "se traduce en la asociación de esta población con el narcotráfico y la delincuencia y en la oposición creciente que se está dando entre los —okupas (los migrantes) y los —vecinos (los argentinos)" (párr. 56).

También alertó sobre cómo "a través del —Plan patria grande, una política que impulsa la regularización de migrantes originarios de países del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) o asociados, se estaría creando una categoría aún más vulnerable de migrantes, es decir, los que son originarios de países no incluidos en este Plan" (párr. 56).

En dicho sentido recomendó al Estado "abstenerse de todo discurso estigmatizante en contra de la población migrante, en particular de los habitantes de asentamientos irregulares" (párr. 75).

  1. A/HRC/19/53/Add.1, 21 de diciembre de 2011. Informe presentado por la Relatora Especial, Sra. Raquel Rolnik.