El Estado de México recomendó "designar al Defensor de los Niños y los Jóvenes" (párr. 64.11).
Por su parte, los Estados de Canadá, Italia y Eslovenia propusieron "continuar intentando mejorar la situación de los niños en detención, de acuerdo con la recomendación del Comité contra la Tortura y el Comité de los Derechos del Niño" (párr. 64.12).
Asimismo, en torno a la justicia penal juvenil, Eslovenia aconsejó "adoptar un sistema penal que se ajuste a las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño, las Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la administración de la justicia de menores ("Reglas de Beijing"), y las Directrices de las Naciones Unidas para la prevención de la delincuencia juvenil (Directrices de Riad); prohibir la condena a prisión perpetua de los menores de 18 años de edad, con arreglo al apartado a) del artículo 37 de la Convención sobre los Derechos del Niño" (párr. 64.13).
Por último, y en los relativo a los temas de la infancia, el Estado de Italia sugirió "continuar desplegando esfuerzos para armonizar la legislación con las normas y principios del sistema general de protección de los niños y los adolescentes" (párr. 64.14).
- A/HRC/8/34, 13 de mayo de 2008.