El Comité manifestó especial preocupación por los asesinatos recaídos sobre dos personas de nacionalidad paraguaya durante el operativo policial que se llevó a cabo en el Parque Indoamericano, como también sobre la muerte de una persona de nacionalidad boliviana ocurrida durante un violento enfrentamiento que se produjo en dicho lugar entre habitantes de los barrios aledaños y ocupantes del Parque.
Las recomendaciones que el Comité realizó al Estado se centraron en torno a que "a) Realice una investigación pronta e imparcial de los asesinatos de los mencionados ocupantes del Parque Indoamericano y enjuicie y sancione adecuadamente a los culpables; b) Imparta capacitación en derechos humanos a los policías con la finalidad de asegurar el respeto de los derechos de los trabajadores migratorios y de sus familiares" (párr. 20).
- El Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores (y las Trabajadoras) Migratorios y de sus Familiares aplica la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores (y las Trabajadoras) migratorios y de sus familiares, en especial el artículo 9, cuyo texto establece: "El derecho a la vida de los trabajadores migratorios y sus familiares estará protegido por ley".
- CMW/C/ARG/CO/1, 23 de septiembre de 2011.