La Relatora Especial sobre la Trata de Personas, Especialmente las Mujeres y los Niños y Niñas, encomendó al Estado "a) aprobar el proyecto de enmiendas a la Ley Nº 26364 para imponer penas más severas a los tratantes y eliminar la cuestión del consentimiento y la distinción basada en la edad"; "b) prestar una asistencia integral a las víctimas de la trata, teniendo plenamente en cuenta sus derechos humanos, con miras a su reintegración y rehabilitación. Los programas de asistencia a las víctimas deberían aplicarse no solo en la ciudad de Buenos Aires sino también en todas las provincias, para atender a las víctimas de la trata y a las víctimas potenciales que podrían ser presas de los tratantes, sin discriminación por motivos de sexo, género y/u orientación sexual"; "g) establecer una política de tolerancia cero respecto a la corrupción, para que todo agente del Estado involucrado en un delito de trata sea debidamente enjuiciado y severamente castigado" (párr. 93).
Igualmente alentó a la República Argentina para que adopte medidas "a fin de que el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, adquiera jerarquía constitucional y entre en vigor en la Argentina" (párr. 94).
- A/HRC/17/35/Add.4, 24 de mayo de 2011. Informe presentado por la Relatora Especial, Sra. Joy Ngozi Ezeilo.